En Sa Pobla jueves, 21 de julio de 2016

Se solicita una ampliación del plazo máximo que pase a ser de tres meses en la presentación la declaración censal para el del impuesto sobre estancias turísticas, para los propietarios de Viviendas turísticas de vacaciones.
Ya que no todos los propietarios dispones de gestión telemática para darse de alta ellos mismos y algunos tienen una edad avanzada, y también algunos proceden del sector primario por lo cual tienen que acudir a su asesor fiscal de confianza.
Teniendo en cuenta que la entrada en vigor de la Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible. A coincidido en el tiempo con otras actividades fiscales.
Y al encontrarnos ante un hecho histórico y por primera vez que se establece los nuevos mecanismos para el cobro del impuesto sobre estancias turísticas, el propietario debe tener tiempo suficiente para conocer los pormenores de la legislación vigente a tal efecto.

Un cordial saludo
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Jordi Cerdó Cladera.
Presidente de la federación ETV Mallorca.

A la conselleria de hacienda y administraciones publicas del Govern de les Illes Balears.